DISPOSITIVA
Sobre la base de los fundamentos de hecho y de derecho analizadas, este Tribunal Penal en función de Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Condena, conforme al Artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano el ciudadano acusados LUIS GUILLERMO MAC GREGOR GONZÁLEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-7.202.128, natural de: Maracay, estado Aragua, de 64 años de edad, fecha de nacimiento: 26-05-1961, estado civil: soltero, profesión u oficio: comerciante. Residenciado en: URBANIZACIÓN MATA REDONDA, MANZANA 8, 5° TRANSVERSAL, CASA N° 95-B, MARACAY, ESTADO ARAGUA. TELÉFONO: 0412-4432326 (PERSONAL), a cumplir la pena de CUATRO (04) MESES Y QUINCE (15) DÍAS DE PRISION, por el delito de LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 413, concatenado con el artículo 4.....