En vista de las consideraciones antes expuestas es por lo que este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, conforme a las facultades establecidas en el artículo 253 de nuestra Carta Magna, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: PROCEDENTE LA CONFESIÓN FICTA, del demandado LUIS ENRIQUE TABARES MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-97.770.
SEGUNDO: DECLARA PROCEDENTE LA EXTINCIÓN DE HIPOTECA POR EL PAGOS DE LA TOTALIDAD DE LA DEUDA, por la cantidad de dieciséis mil bolívares (16.000,00 Bs.), cancelados en una primera cuota de (8.000,00 Bs.), catorce letras de cambio de (500,00 Bs.) cada una; y una letra de cambio de (1.000,00 Bs.), en beneficio del demandante, ciudadano: YURIMA MAGALLY AVILA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-18.230.511,.....