D E C I S I O N
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PROCEDENTE la solicitud de Divorcio por Mutuo Consentimiento formulada por los ciudadanos: JONATHAN DAVID URIBE MIRANDA y MARIANYELA DEL NAZARETH QUINTERO CASTILLO, mayores de edad, de este do¬micilio, venezolanos y titulares de las cédulas de identidad números V-19.863.844 y V-19.466.871, respectivamente, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día diecinueve (19) de diciembre del año dos mil ocho (2008), por ante el Registro Civil Municipio José Rafael Revengas, El Consejo del Estado Aragua, según consta del Ac¬ta N° 120, Folios 364-365-366, Tomo I, del año 2008.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificad.....