Maracay, 12 de Febrero de 2026
215º y 166º
Vista la solicitud de Únicos y Universales Herederos presentada, así como la justificación de los testigos promovida y evacuada, este Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, Declara: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos YANEIDA ALSIDA SIRA GUANIPA, FRANKLIN EDUARDO SEIJAS SIRA y MICHELLE ALEXANDRA SEIJAS SIRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V- 13.953.875, V- 25.066.036 y V-30.148.018 respectivamente, con el carácter de causahabientes del ciudadano FRANKLIN ENRIQUE SEIJAS SALAZAR, quien era venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-9.658.171, quien falleció en fecha 29 de noviembre de 2025, tal como se desprende del Acta de Defunción Nro 2.902,Tomo 12, emanada de la Oficina de Registro Civil de la Paroquia Andrés Eloy Blanco del.....