En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara "CON LUGAR" la solicitud de divorcio por Mutuo Consentimiento interpuesta por los ciudadanos: YOHANA RIDRAYKA LOPEZ TEJERA, y MANUEL ANTONIO ALVES DA COSTA MARTINEZ, venezolanos, titulares de las cédula de identidad Nros V- 16.732.966 y V-17.799.315 respectivamente. En consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha 10 de febrero de 2012, contrajeron matrimonio civil por ante el Registro Civil de la Parroquia Villa de Cura, Municipio Zamora del Estado Aragua, según consta en Acta de Matrimonio Nº 17, folio 017, del año 2012, inserta en éstas actuaciones. Liquídese la comunidad conyugal en caso de existir bienes.
Publíquese y Regístrese. Dada, firmada .....