Ahora bien, cumplidos como han sido los demás trámites de ley, y verificados los requisitos anteriores, esta Corte de Apelaciones con competencia en materia de delitos de violencia contra la Mujer del estado Aragua, impartiendo Justicia en nombre de las ciudadanas y ciudadanos de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
Primero: Se Admiten el Recursos de Apelación de Sentencia interpuesto por la abogada Yoleide Nagai Batista Muchacho, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 40.009, actuando en su carácter de defensora privada del ciudadano William Javier Corrales Hernández identificado con la cédula número V.18.975.013,en contra de la decisión de fecha 26.07.2024 emanada del Tribunal Primero (1º) de Primera (1ª) Instancia en función de Juicio, en el asunto signado bajo la nomenclatura alfanumérica DP01-S-2023-000049 (enumeración interna del tribunal de origen), conforme al artículo 442 del Código Orgánico Procesal Pena.....