PRIMERO: Se declara COMPETENTE esta Instancia Superior para conocer y decidir acerca de la solicitud de AMNISTIA y en consecuencia la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, presentada por el abogado SERGIO ANTONIO FUENTES PETITT, en su carácter de Defensor Privado, a favor del ciudadano ALFREDO ARMANDO VERA GONZALEZ, titular de la cédula de identidad N° V-19.833.963, en su carácter de PENADO, de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley de Amnistía para la Convivencia Democrática.
SEGUNDO: Se ADMITE la solicitud de AMNISTIA, presentada por el abogado SERGIO ANTONIO FUENTES PETITT, en su carácter de Defensor Privado, a favor del ciudadano ALFREDO ARMANDO VERA GONZALEZ, titular de la cédula de identidad N° V-19.833.963, en su carácter de PENADO, de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley de Amnistía para la Convivencia Democrática.
Regístrese, fírmese, publíquese y déjese copia.