DISPOSITIVA.
Con base a los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: Esta Alzada se declara COMPETENTE para conocer el presente recurso de Apelación de Auto, interpuesto por el abogadoVÍCTOR MANUEL OCHOA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número N° 132.018, en su carácter de Defensor Privado, del ciudadano ANTHONY MANUEL QUINTERO CARRIZALEZ, titular de la cédula de identidad N° V-32.143.795, en su condición de Imputado; en contra del Auto Fundado publicado en fecha siete (07) del mes de abril del año dos mil veintiséis (2026), por el TRIBUNAL TERCERO (03°) DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA, en la causa 3C-28.833-2026(nomenclatura interna de ese despacho de Primera Instancia).
SEGUNDO: .....