D E C I S I O N
Por todos y cada uno de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: PROCEDENTE LA HOMOLOGACION DEL CONVENIMIENTO A LA DEMANDA, presentada por el ciudadano WILMEN JOSE GARCIA CAPRILES, venezolano, de estado civil soltero, mayor de edad y titular de la cedula de identidad V-25.841.551, de este domicilio, debidamente asistido por la abogada en ejercicio Sandra Martínez, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el No. 322.141, por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, contra la ciudadana JUDITH JOSEFINA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad y titular de las cedula de identidad número V-3.934.758. En consecuencia, de conformidad con lo pautado en el Artí.....