´DECISIÓN
Por los razonamientos de hecho y de derecho aquí expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud que por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, incoado por los ciudadanos YORJELIS ALEXANDRA REYES ARRIECHE y GIANNI JOSE SCROFANI ESPINOZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nro. V-26.491.428 y V-21.098.901, contra los ciudadanos FREDDY ALEXANDER REYES PEREZ y FRANCISCO ANTONIO REYES PEREZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.665.673 y V-17.571.617 respectivamente, herederos del de cujus FERNANDO REYES, quien en vida fue venezolano, viudo, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V-3.281.805 y suscribió la Cesión de Derechos en.....