este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el INTERDICTO DE AMPARO POR PERTURBACIÓN A LA POSESIÓN, interpuesto por el ciudadano ARTURO RAFAEL PERALES, venezolano, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad N°V-4.908.386, asistido por el abogado en ejercicio NAVAES JOSÉ TORREALBA BEJARANO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 186.335, contra la ciudadana AURA MARÍA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad N°V-7.177.700.