´Sobre la base de los fundamentos de hecho y de derecho analizadas, este Tribunal Penal en función de Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Condena, conforme al Artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano ASDRUBAL ALBERTO ABREU ORTEGA, titular de la cedula de identidad Nº V-4.903.418, de 69 años de edad, fecha de nacimiento: 19-06-1956, profesión u oficio: SEGURIDAD. Residenciado en: LAS MERCEDES, SECTOR 4, VEREDA 21, CASA N 4, LA VICTORIA, ESTADO ARAGUA. TELÉFONO: NO POSEE, a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS MESES DE PRISIÓN, por el delito de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 149 segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas, pena ésta que habrá de cumplirse en la forma y condiciones que determine.....