Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en Maracay, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PROCEDENTE la pretensión de RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO EN CONTENIDO Y FIRMA incoada por la ciudadana IRAIDE ELENA DIAZ GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedulas de Identidad Nº V-5.016.559, debidamente asistida por el abogado: JESUS MANUEL PEÑA, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 196.665, en su carácter de Cesionaria, y el ciudadano: VICENTE EMILIO MENA SIFONTES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.272.886, en su carácter de Cedente.
SEGUNDO: RECONOCIDO el Contenido y Firma del documento privado contentivo de cesión a título gratuito, con derecho de usufructo, sobre un inmueble propie.....