este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda: y, DECRETA MEDIDA PREVENTIVA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre un (1) bien inmueble constituido por un lote de terreno y una casa ubicado en la Parroquia Las Delicias, el sector El potrero, de Lomas de Palmarito, calle "D", sin número, Municipio Girardot del estado Aragua