Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos INDIRA MILITZA IBARRA MEJIAS, titular de la cédula de identidad N° V-11.988.925, y sus hermanos ELIAS ISIDORO IBARRA MEJIAS y HERMAN GERENIAS MEJIAS, titulares de las cédulas de identidad Nros V-9.676.745 y V-9.649.182 respectivamente, de la causante RENE MEJIAS, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad N°V-2.968.246, quien falleció en fecha once (11) de mayo de 2021, según se evidencia de Acta de Defunción N° 200, Año 2021, inserta en los Libros respectivos llevados por ante el Registro Civil del Municipio Mario Briceño Iragorry del estado Aragua, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento .....