´DECISIÓN
Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la incidencia de inhibición planteada por el DR. RAMÓN CARLOS GÁMEZ ROMAN, en su condición de Juez Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, dentro del juicio de Nulidad Absoluta de Acta de Asamblea, donde actúa el abogado WILMER HUMBERTO OVALLES FUENTES, Inpreabogado bajo el N° 78.687, como apoderado judicial de la parte demandada. (Expediente N° JUEZ-1-SUP-C-19.546-26).
SEGUNDO: Se ordena la notificación formal del prenombrado funcionario sobre los términos de este fallo mediante oficio dirigido a su tribunal de origen, a los fines legales y procesales consiguientes.
No hay condenatoria en costas po.....