Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la circunscripción judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PROCEDENTE, la solicitud de divorcio por desafecto, conforme a lo establecido en la sentencia 1070 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, formulada por el ciudadano OMAR ALEXANDER RANGEL CURVELO, titular de la cedula de identidad N° 12.145.833, contra la ciudadana ZULY MAR NIEVES HERNANDEZ, titular de la cedula de identidad N° V-12.145.833. En consecuencia, DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL, contraído en fecha 20 de diciembre de 1997, por ante el Registro Civil del Municipio Girardot del estado Aragua, según se evidencia de acta asentada bajo el N° 922, Tomo V, Año 1997, de los libros de matrimonios llevados por el referido Registró. .....