DECISION
En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara "CON LUGAR" la solicitud de divorcio por Mutuo Consentimiento interpuesta por los ciudadanos: DAYANA MIDORI GALARRETA CERDAN, de nacionalidad Peruana, Pasaporte Nro 124669831, y OSCAR ELIAS LEDEZMA URBINA venezolano, titular de la cédula de identidad Nro V- 9.697.161. En consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha 23 de abril de 2025, contrajeron matrimonio civil por ante el Registro Civil de la Parroquia Santa Rita, Municipio Francisco Linares Alcántara del Estado Aragua, según consta en Acta de Matrimonio Nº 40, folio 040, Tomo A, del año 2025, inserta en éstas actuaciones.Liquídese la comunidad conyugal en caso de existir bienes.
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