DISPOSITIVA
Sobre la base de los fundamentos de hecho y de derecho analizadas, este Tribunal Penal en función de Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Condena, conforme al Artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano ANTONIO KAHWATI KEURK, titular de la cedula de identidad Nº V-12.855.953, natural de: estado Aragua, de 49 años de edad, fecha de nacimiento: 03-09-1976, estado civil: casado, profesión u oficio: técnico en telecomunicaciones. Residenciado en: URBANIZACIÓN CAÑA DE AZÚCAR, SECTOR 10, BLOQUE 12, UD 14, APARTAMENTO 0203. TELÉFONO: 0424-3710455, a cumplir la pena de DOS (04) AÑOS DE PRISIÓN, por el delito de APROPIACIÓN INDEBIDA CALIFICADA, previsto y sancionado en el artículo 468 del Código Penal, pena ésta que habrá de cumplirse en la forma y condiciones que determine el Tribunal de .....