Por todos los planteamientos de hechos y de derechos anteriormente expuestos, es que este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PROCEDENTE LA PRETENSIÓN DEL RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, intentado por el ciudadano EVARISTO FARIA SARGO, de nacionalidad portuguesa, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° E.-81.176.224, debidamente asistido por la abogada SIXTA ARTEAGA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el N° 34.906, en contra de los ciudadanos JOSE TELESFORO PESTANA JARDIM, CARLOS PESTANA DE JESUS y MARIA FATIMA PESTANA DE ASCANIO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nro. V-13.635.834, V.-7.000.492 y V.-7.064.323, respectivamente.
SEGUNDO: Como consecuencia de ello, queda RECONOCIDO EL DO.....