DECLARA: CON LUGAR la solicitud presentada, y en tal sentido se HOMOLOGA el acuerdo conciliatorio celebrado en fecha veintisiete de febrero de 2026 (27-02-26) solo con respecto al acuerdo de manutención realizado entre las partes, ciudadanos: YUVIACNI ANGELIT CORDOVA OVIEDO y JUAN JOSE HERNANDEZ CABAÑA, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cedulas de identidad Nros V- 28.051.939 y V- 26.612.486, respectivamente, actuando a favor de los menores: XXXXXXXXXXXXXXXXX, de cinco (05) años de edad, con domicilio en el Municipio Lamas del Estado Aragua y, y para que adquiera el carácter de cosa juzgada. Se ordena imprimir dos ejemplares de la presente decisión a un solo tenor y efecto, de lo cual uno será remitido a la Defensoría Municipal del Niño, Niña y Adolescente del Municipio José Ángel Lamas del Estado Aragua y otro a ser agregado a la presente solicitud.