III
DISPOSITIVA
Con fundamento en las consideraciones de hecho, de derecho y jurisprudencial señaladas ut supra, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la presente demanda interpuesta por el abogado en ejercicio LUIS CIPRIANO PERDOMO CHIRINOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 155.612, actuando en nombre y representación del ciudadano CARLOS ALBERTO SERNA GÓMEZ, extranjero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad venezolana V-24.758.050; contra el ciudadano EDWIN JESUS DUARTE ARÉVALO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.480.840; todo de conformidad con lo establecido los artículos 340 ordinal 6° y 341 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en razón de la especial naturaleza de la presente decisión.....