DISPOSITIVA
Por todo lo antes señalado, éste Juzgado en función de Ejecución de la Sección de Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y con la Autoridad que me confiere los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente DECRETA: PRIMERO: Solicitar al equipo técnico de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, la realización del informe Técnico, a los fines de que el Tribunal pueda pronunciarse en relación a la revisión de la medida de Privación de Libertad. Ofíciese al equipo Técnico. Notifíquese a la defensa. Solicítese el traslado del sancionado XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, a la sede del Tribunal a los fines de la realización del informe técnico para el día 14 de febrero de 2008, a las 9:00 horas de la mañana. Dado sellado y firmado en la Sala del Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, al primer (1) d.....