Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE la solicitud de Divorcio de conformidad con la sentencia 1070 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 9 de diciembre de 2016, presentada por la ciudadana MARIA EUGENIA ALVAREZ HERNANDEZ , identificada con la cédula de identidad Nro. V-9.483.393, contra el ciudadano PEDRO RAFAEL ARIAS SANCHEZ, identificado con la cédula de identidad Nº V-9.648.658, en consecuencia, queda disuelto el vínculo conyugal contraído, en fecha 07 de febrero de 1992, por ante el Registro Civil del Municipio Girardot del Estado Aragua, según se evidencia de Acta Nº 82, Tomo I, año 1992, asentada en los libros de matrimonios llevados por ante el mencionado Registro. PUBLÍQUESE.....