Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE la solicitud de Rectificación de Acta de Matrimonio presentada por los ciudadanos JESUS MOSQUERA MORENO y GLADIS PASTORA BURGOS DE MOSQUERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-1.743.505 y V-3.245.720 respectivamente, asistidos por la abogada ALONDRA BETHSABETH MALDONADO ALVAREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 291.048, en consecuencia, se ORDENA la Rectificación del Acta de Matrimonio signada con el Nº 271, Tomo 1, Año 1964, asentada en los Libros de Registro Civil de Matrimonios, llevados por ante la Prefectura del Municipio Joaquín Crespo, Distrito Girardot (hoy Municipio Girardot) del estado Aragua, por lo que donde se lee: GLADYS, debe leerse: GLADIS, .....