Lo anterior pone de manifiesto, entonces, que la Garantía Constitucional de la Tutela Judicial efectiva, está fundada en la del debido proceso que comprende: El derecho a la jurisdicción; esto es, el derecho que tiene toda persona de poder comparecer al órgano jurisdiccional del Estado en demanda de justicia, para que se establezcan los derechos individuales con verdad y justicia, cuando considere que los mismos han sido vulnerados; la facultad que tiene toda persona de tener conocimiento de la pretensión deducida en su contra, de poder ser oído, de defenderse, pudiendo contar con asistencia letrada, producir pruebas y obtener una sentencia que oportunamente resuelva su causa; la sustanciación del proceso ante el Juez Natural, esto es, debiendo ser juzgado por jueces competentes, es decir, por aquellos designados por la ley, lo cual constituye una garantía consagrada en el artículo 49, ordinal 4º que asegura la imparcialidad del Tribunal afín a la materia que ha de juzgar; la observac.....