En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con sede en Maracay, Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Que es competente para conocer del presente RECURSO DE NULIDAD, interpuesto conjuntamente con Solicitud de Medida Cautelar de Suspensión Provisional de Efectos, por los Ciudadanos Abogados: NORMAN JOSÉ ROA BALTODANO Y CARLOS JORGE YGUARO MARTINEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 31.360 y 86.719, en sus caracteres de Apoderados Judiciales de la Sociedad Mercantil SEGURIDAD Y VIGILANCIA INMEDIATA SEGUVINCA, C.A., contra la Providencia Administrativa de fecha 28 de Diciembre de 2005, dictada por la Inspectoría del Trabajo con sede en Cagua, Estado Aragua.
SEGUNDO: ADMITE el Recurso de.....