DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, el recurso de apelación ejercido.
SEGUNDO: REPONE la causa al estado de que el A quo notifique al Procurador General de la República de la sentencia interlocutoria de reposición, dictada en 10 de junio de 1998, a los fines de otorgarle a la República como parte demandada en el presente proceso, la oportunidad de ejercer los recursos a que se refiere la ya mencionada Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.
No hay condenatoria en costas por ser la presente decisión una de reposición de la causa.
Notifíquese de esta decisión a la Parte Demandante y a los terceros intervinientes, por haber salido fuera de lapso.
Así mismo notifíquese de esta decisión al Procurador General de la República, de conformidad con el artículo 84 de la vigente Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República de fecha 13 de noviembre del 2002