Este Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil-Bienes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, con Competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declaró: PRIMERO: COMPETENTE, para conocer. SEGUNDO: ADMISIBLE, la acción de amparo interpuesta por el ciudadano ALEX JOSE VASQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 9.286.725, contra la Alcaldía del Municipio Ezequiel Zamora. TERCERO: ORDENA, seguir el procedimiento de acuerdo a lo establecido en la Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 02 de febrero de 2000, de conformidad con el Artículo 335 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. CUARTO: SE ACUERDA, notificar al Sindico Procurador y al Alcalde del Municipio Ezequiel Zamora del estado Monagas, a la ciudadana Sub Inspectora de Punta de Mata, Municipio Ezequiel Zamor.....