esta Juzgador después de revisar exhaustivamente el escrito y comprobando que el mismo cumple con los requisitos exigidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, al no vulnerar derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público, le imparte su HOMOLOGACIÓN en los términos indicados en el referido escrito, en consecuencia, una vez transcurridos cinco (5) días hábiles sin que las partes ejerzan recurso alguno contra la presente homologación se dará por terminado el presente juicio y se ordenará el cierre informático y el archivo del expediente. Así se decide. Cúmplase lo ordenado.
El Juez
El Secretario
Abg. Felix Milano
Abg. Ronald Arguinzones