Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 01 de junio de 2015, por el abogado en ejercicio FRANK MARIANO BETANCOURT, en su carácter de co-apoderado judicial de los terceros intervinientes, ciudadanos: JOSÉ GARCÍA PEREIRA y CARLOS ENRIQUE APONTE, ampliamente identificados en el encabezado del presente fallo, en contra de la sentencia dictada en fecha 27 de mayo de 2015, por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: Se declara la NULIDAD ABSOLUTA del desistimiento producido en la presente causa en fecha 20 de mayo de 2015 y de la sentencia que lo homologó en fecha.....