Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido el 02 de diciembre de 2022, por los abogados ANDERSON ABAD Y HUGO GONZÁLEZ, en su carácter de apoderados judiciales de la parte actora, ciudadano RAÚL GUTIÉRREZ GASCON, contra la decisión dictada el 29 de noviembre de 2022, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SE NIEGA la medida de PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR solicitada sobre el inmueble constituido por un apartamento distinguido con las letras y números CC. 6. 16, situado en la parte oeste del nivel seis (6) del centro comercial del Centro Plaza, edific.....