de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 197° de Independencia y 149° de la Federación. Dándose por cerrado el acto a las 09:20 a.m., de hoy 01 de Abril de 2008. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.