Por todas las consideraciones que han quedado expuestas, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil Bancario con Competencia Nacional y sede en la Ciudad de Caracas (en transición), Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en la pretensión que por COBRO DE BOLÍVARES (Vía Ejecutiva) ha incoado BANCO CONSTRUCCIÓN, C.A., contra la sociedad mercantil DESARROLLOS 5374, C.A., en su carácter de obligada principal, y los ciudadanos FERNANDO RAMOS ROYO, CARLOS RAMOS ROYO, FRANCISCO MARIÑA TINOCO y JOAN DAY DE RAMOS, en su condición de fiadores solidarios y principales pagadores, suficientemente identificados al inicio de este fallo, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR por extemporáneo, el alegato formulado por los apoderados judiciales de la parte actora en cuanto a la negativa de la representación que se atribuyen los abogados David J. Rosario Krasner y Juan V. Ardila, respecto de la sociedad mercantil DESARROLLO 5374.....