DISPOSITIVO
En virtud de los criterios jurisprudenciales y razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO formulada por la ciudadana: SANDRA RODRIGUES de OVIEDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.-9.684.221, asistida por el Abogado: JUAN BRICEÑO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 137.703; contra el ciudadano: JHON CARLOS OVIEDO RUBIANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.-24.433.539.
Segundo: En consecuencia del particular anterior se DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía, contraído por ante la oficina Registro Civil del Municipio Girardot del Estado Aragua, Prefectura Girard.....