SEGUNDO
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA DEMANDA que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, fuera incoada por el ciudadano BIAGIO MASELLIS CARRARA contra la ciudadana JUANA GUMERCINDA VIVAS DE BENTIVEGNA, ambas identificadas anteriormente.
En consecuencia, se declara resuelto el contrato de arrendamiento celebrado entre las partes JUANA GUMERCINDA VIVAS DE BENTIVEGNA, a entregar al demandante, BIAGIO MASELLIS CARRARA, completamente desocupado y libre de personas y bienes, el inmueble que le tiene arrendado, constituido por un Mini Local Comercial distinguido con el No.53 del Centro Comercial Zona Libre, situado en el cruce de la Avenida Francisco de Loreto y la Calle Campo Elías de La Victoria, Municipio José Félix Ribas del Esta.....