Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida por la parte actora contra la sentencia dictada en fecha 13 de abril de 2009, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua.- SEGUNDO: SE REVOCA la decisión apelada y en consecuencia, se declara CON LUGAR la demanda interpuesta por la Ciudadana YASMELY BEATRIZ SALAS PEREZ, titular de la cedula de identidad No.10.-910.613, y se condena a las sociedades mercantiles DISTRIBUIDORA BAHIMAR C.A. Y DISTRIBUIDORA JUANMAR C.A., identificadas en autos, a cancelarle a la parte actora la cantidad de DIECIOCHO MIL CINCUENTA Y UN BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bs.18.051,oo), por los conceptos laborales acordados en la mot.....