Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal vista la norma antes transcrita y acogiéndose a la misma, le imparte su HOMOLOGACIÓN al desistimiento formulado por la parte actora, en el Juicio por INTIMACION DE HONORARIOS que tiene incoado en contra del ciudadano ROBERTO RENATO FORGIONE FLORES Y BRUNO ALBERTO FORGIONE FLORES, se procede como en Sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada y ASÍ SE DECIDE.
Asimismo se suspende la Medida decretada, y se ordena librar oficio al Registro de los Municipios Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra
Dado, firmado y sellado en la sala de Despacho del Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Maracay, a los ( 01 ) días del mes de Junio del dos mil once. Años 201° de la Independencia y 152° de la Federación.
La Juez.,
Abg. Mary Fernández Paredes
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