Este Juzgador, una vez revisadas y estudiadas las actas del presente expediente, para decidir considera lo siguiente: El hecho objeto de la presente investigación se inicia por denuncia interpuesta por la ciudadana: ROSELIA JOSEFINA JIMENEZ, por ante la Policía Municipal del Estado Monagas, en fecha 12 de Mayo del 2008, en donde expreso que: "...Yo estaba en mi casa en compañía de mi pareja y por el simple hecho de una confusión sobre una franela que era mía y el pensaba que era de el, este empezó a discutir y me tiro un shampoo y me lo pego en el brazo izquierdo donde tengo un hematoma y se me vino encima y me agarro por el cuello y casi me asfixia y también me dio una cachetada....", la cual riela al folio uno del expediente.
Evidenciándose de las actuaciones que conforman la presente causa, no existen elementos de convicción suficiente que permitan atribuir la comisión del mismo, y por cuanto de los hechos resulta materialmente imposible la incorporación de nuevos datos a la i.....