DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos, esta Sala Seis de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR LA INHIBICION presentada por profesionales del derecho RITA HERNANDEZ TINEO, RUBEN DARIO GARCILAZO CABELLO y VENECI BLANCO GARCIA, Jueces integrantes de la Sala 7 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, con ocasión al recurso de apelación interpuesto por el abogado OLIVO ANTONIO ESCALANTE SANCHEZ, en su carácter de defensor del ciudadano FERNANDO JOSE NOGUERA CHAFARDET, la referida inhibición la fundamentan de conformidad con lo establecido en el artículo 86, numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal, debiendo los jueces integrantes de la Sala No 7 seguir conociendo el recurso de apelación elevado ante su instancia, de conformidad con lo previsto en el artículo 94 del Código Orgánico Proc.....