En razón de las anteriores consideraciones, este Juzgado en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN celebrada por las partes.
Asimismo se suspende la Medida decretada por este Tribunal en fecha 15 de Abril de 2.011, y se ordena librar oficio al Estacionamiento Luiman, a los fines de que haga entrega del vehiculo objeto de la medida a la ciudadana GLADYS NORELLY NAGUA CARDOZA, Venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-7.224.647 y de este domicilio, el cual fue retenido por INTT en calidad de depósito, en ese Estacionamiento.
Dado, firmado y sellado en la sala de Despacho del Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, en Maracay, a los 01 días del mes de Julio de dos mil once (2011). Años: 201º de la Independencia y 151º de la Federación.
La Juez,
Abog. Mary Fernández Paredes.
La Secretaria,
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