En este estado, intervino el Juez Constitucional quien manifiesta "vista la solicitud de suspensión formulada por el representante judicial de la parte accionante en la acción de amparo constitucional, el Tribunal suspende la presente audiencia oral y pública, en el entendido de que una vez que el tribunal señalado como presunto agraviante donde se sustancia la causa principal reanude el juicio de resolución de contrato de arrendamiento, expediente signado con el Nº AP31-V-2008-002512, este Juzgado Superior Segundo procederá, mediante auto expreso, a fijar una nueva oportunidad para la celebración de la audiencia oral y pública, previa solicitud del accionante. Asimismo se ordena agregar a este expediente el escrito consignado por la representante del Ministerio Público. Es todo, terminó, se leyó y conformes firma.