Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad ejercido conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar de suspensión de efectos, interpuesto por la ciudadana YANERIS MARÌA OSORIO HERRERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 12.923.438, asistida por la abogada IVONNE SÁNCHEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 59.609, contra la Providencia Administrativa No. 204/155/15, de fecha 06 de agosto de 2014, suscrita por el Director Ministerial del Ministerio del Poder Popular para la Vivienda y Hábitat del Estado Miranda, y en consecuencia, se declara NULA la referida Providencia Administrativa.
Asimismo, se ordena al referido órgano abstene.....