Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en Sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- COMPETENTE para conocer el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la ciudadana CRUZ COROMOTO OJEDA ESCOBAR, titular de la cédula de identidad Nº V- 6.060.680, debidamente asistida por el abogado Gendry González, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 195.143, en su condición de Defensor Público Auxiliar en la Defensoría Pública Segunda, con competencia en materia Contencioso Administrativa del Área Metropolitana de Caracas, contra el CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO AMBROSIO PLAZA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA,
2.- ADMISIBLE el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto, en consecuencia:
2.1.- Se ordena citar al Síndico Procurador del municipio Ambro.....