Como consecuencia de los elementos de hecho y fundamentos de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la pretensión que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO incoara el ciudadano ADRIANO CIFUENTES MENENDEZ contra la ASOCIACION CIVIL MIRADOR LOS SAMANES, ampliamente identificados al inicio, DECLARA: SIN LUGAR la OPOSICIÓN propuesta por la representación judicial de la demandada, contra la medida de CAUTELAR NOMINADA de PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR decretada por este Tribunal en fecha 19 de junio de 2015 y en consecuencia se ratifica con sus plenos efectos la misma.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial d.....