En virtud de los criterios jurisprudenciales y razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio de mutuo consentimiento formulado por los ciudadanos YUSMANGRY DEL VALLE BARRERO INFANTE y RODOLFO SUAREZ MAS, la primera venezolana, mayor de edad titular de la cédula de identidad Nº V- 18.174.305 y el segundo extranjero de Nacionalidad Español, mayor de edad titular de la cédula de identidad Nº E- 43160747M, respectivamente, asistidos por la Abogada GENESIS ROSSELTYS GONZALEZ VIVAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 255.610. SEGUNDO: En consecuencia del particular anterior se declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraída por ante el TRIBUNAL SEGUND.....