DISPOSITIVO
En virtud de los criterios jurisprudenciales y razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, formulada por el ciudadano ISRAEL ZUMOZA, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V-11.123.176, asistida por la abogada GENESIS MEDINA, Inpreabogado N° 313.924, contra la ciudadana GREISAAC YRAIS PALMA PEROZO, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V.-9.653.156.-
SEGUNDO: En consecuencia del particular anterior, se DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía, contraído por ante el REGISTRO CIVIL DE MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO, TURMERO, ESTADO ARAGUA, en fecha 22 de Diciembre del año 1.989, según .....