Este Tribunal de Primera Instancia En Función de Control Numero Ocho del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley Acuerda: Primero: : Se admite la acusación presentada por el represente Fiscal en contra de los ciudadanos José Antonio Raposo Nuñez y Rolando José Gonzalez Calderón, identificados supra, por la comisión de los delitos de Lesiones Intencionales Menos Graves, Tortura y Privación Ilegitima de Libertad previstos y sancionados en los artículos 413, 181 único aparte y 176 todos del Código Penal, cometidos en perjuicio del ciudadano Jovel Ismael Aular Enriquez. Segundo: Se admite las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público por ser legales, lícitas, necesarias y pertinentes para el juicio oral y público, de conformidad con lo establecido en el artículo 330 numeral 9° del Código Orgánico Procesal Penal como son: Testifícales: 1.- Declaración del Dr. Miguel Castellano Médico Forense adscrito al Cuerpo .....