DISPOSITIVA
En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Ejecución de la Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley REVISA Y SUSTITUYE LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD al sancionado IDENTIDAD OMITIDA, por las medidas de LIBERTAD ASISTIDA POR EL LAPSO DE TRES (03) MESES y SIETE (07) DIAS, SUCESIVAMENTE UN (01) AÑO de LIBERTAD ASISTIDA y CUATRO (04) MESES DE SERVICIOS A LA COMUNIDAD, determinándose que hasta el día de hoy ha cumplido con la sanción por espacio de OCHO (08) MESES Y VEINTITRES (23) DIAS. La presente decisión tiene su fundamentación en el artículo 44, 49 ordinal 5ª de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 90, 629, 628, 631, 641, 646, 647 literal "e" de la ley Orgánica para la protección del Niño, Niña y del Adolescente. Se Ordena el EGRESO del sancionado desde la sala de este Circuito Judicial P.....