Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SE DECLARA IMCOMPETENTE, para conocer de la recusación interpuesta por el ciudadano SANTIAGO MESA LASTRE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 10.146.218, contra el Juzgado Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, y declina la misma al Juzgado Distribuidor Superior en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en esta Ciudad de Maracay, a quien se ordena remitir el presente expediente en la oportunidad de Ley, remítase con oficio. Asimismo se ordena corregir la foliatura de conformidad con lo establecido en el artículo 109 del Código de Procedimiento Civil, en la parte superior dere.....