Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO en el recurso de nulidad interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar por el ciudadano KEVIN DANIEL ÁVILA CASTRO, titular de la cédula de identidad Nro. 17.443.874, debidamente asistido por los abogados Franklis Acosta y Raúl Santana Berti, Inpreabogado Nros. 76.858 y 36.663, respectivamente, contra las actuaciones que por VÍA DE HECHO fueron ejecutadas por la UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA (U.C.V), al impedirle el libre acceso al derecho a la educación, a la participación política y al libre desenvolvimiento de la personalidad. Publíquese y regístrese.